AGS Visión Inmobiliaria | Terrenos de interés nacional: ¿lo podrían expropiar?
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Terrenos de interés nacional: ¿lo podrían expropiar?


Las razones pueden ser para construir un camino, una estación de metro o un ensanche vial.


Como explica Esteban González, perito judicial y director de Asesoría Estratégica de AGS Visión Inmobiliaria, la expropiación es un acto mediante el cual el Estado adquiere un predio (o una porción de este), privando al propietario de su dominio. Su finalidad es el desarrollo de una obra, ensanche o infraestructura, por lo cual prima el beneficio público sobre el privado.

Dichas razones de interés nacional están establecidas y permitidas por una ley especial del Estado. Los principales ejecutores son el Ministerio de Obras Publicas, el de Vivienda y Urbanismo y las municipalidades.


El experto explica que, por lo general, las expropiaciones se realizan sobre fajas afectas a utilidad pública, vale decir, terrenos que ya cuentan con una declaratoria de planificación territorial: Plan Regulador Metropolitano, intercomunal o comunal.

Si alguien se opone, señala Esteban González, una primera instancia es la negociación con la autoridad, para llegar a un acuerdo que beneficie a ambas partes. De no lograrlo, si se cuenta con argumentos técnicos que lo justifiquen, el propietario tiene 30 días desde la publicación del decreto expropiatorio para reclamar ante un juez civil.


En muchos casos es recomendable ejercer este derecho, afirma, ya que el proceso de tasación de un inmueble cuenta con información que se debe analizar e interpretar adecuadamente. Agrega que lo usual es que haya variaciones sustanciales de acuerdo al método y juicio experto de los profesionales que realizan la valorización.


Antes de tomar la decisión de comprar o vender un bien raíz, hay que estar atentos a fin de determinar "la porción útil" de la propiedad, descontando la faja del terreno que eventualmente podría ser expropiada. Para este efecto es fundamental contar con el "Informe Previo" del predio, donde la Dirección de Obras de cada municipalidad explicita si ese bien raíz cuenta con una afectación.


Como consejo, Esteban González afirma que hay que fijarse en el respectivo estudio de títulos, ya que este debe indicar claramente que la propiedad esta afecta a utilidad publica, por lo cual en algún momento podría ser expropiada.



Conozca las condiciones y si puede apelar a la resolución en la siguiente nota de Diario El Mercurio.


lo podrian expropiar
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